En Chile, los supermercados, malls y centros comerciales pueden ser responsables civilmente cuando el robo de un vehículo ocurre en sus estacionamientos por deficiencias en las medidas de seguridad.
Si tu vehículo fue robado mientras realizabas compras, es posible que tengas derecho a una indemnización. Evaluamos tu caso sin costo para determinar si existe responsabilidad del establecimiento.
Sí. Cuando un cliente estaciona su vehículo en las dependencias de un supermercado o mall, se configura jurídicamente un contrato de depósito en los términos de los artículos 2211 y siguientes del Código Civil. Esto significa que el establecimiento asume la obligación de custodiar el vehículo y restituirlo en el mismo estado.
El hecho de que el estacionamiento sea gratuito no exime al establecimiento de responsabilidad. Cuando el proveedor obtiene un beneficio comercial al ofrecer estacionamiento para atraer clientes, la ley le exige responder hasta por culpa leve en la custodia de los bienes depositados.
En estos casos se puede reclamar una indemnización por todos los daños sufridos, tales como:
Corresponde a la pérdida económica efectiva: el valor comercial del vehículo sustraído, accesorios instalados y bienes que se encontraban en su interior como computadores, teléfonos u objetos de trabajo.
Comprende la afectación psicológica y emocional derivada del hecho, incluyendo estrés, inseguridad y la alteración de la vida cotidiana y laboral.
Corresponde a las ganancias dejadas de percibir cuando el vehículo era utilizado para fines laborales o comerciales.
Para acreditar los perjuicios, es fundamental conservar boletas, facturas y cualquier documento que permita justificar el valor de los bienes sustraídos.
Cada caso debe analizarse individualmente, considerando el estándar de seguridad exigible según el tipo y tamaño del establecimiento.
Los establecimientos comerciales suelen utilizar estas estrategias de defensa:
Si ya te pasó, tenemos una guía paso a paso sobre qué hacer si te roban el auto en el estacionamiento, con el detalle de cada gestión y sus plazos.
La responsabilidad del establecimiento se funda principalmente en la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, que reconoce el derecho del consumidor a la seguridad en el consumo de bienes y servicios.
Los establecimientos de gran envergadura quedan además sujetos a la Ley N° 21.659 sobre Seguridad Privada, que regula los estándares mínimos de vigilancia exigibles, incluyendo cámaras operativas, guardias capacitados y control de accesos.
Los tribunales chilenos han confirmado esta responsabilidad en casos recientes. La Corte de Apelaciones confirmó una multa a Walmart por robo de especies desde un vehículo en el estacionamiento de un supermercado Líder. Ver fallo en Diario Constitucional. Puedes revisar la sentencia anonimizada aquí.
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Si el establecimiento rechazó tu reclamo o no obtuvo respuesta, la vía judicial es el siguiente paso. Contamos con experiencia en demandas contra supermercados y centros comerciales por robo de vehículos en estacionamientos.
Contenido elaborado por Ítalo Gianluca Coda Palma
Abogado litigante y fundador de Indemnia. Magíster en Derecho de Daños por la Universidad Adolfo Ibáñez, con práctica dedicada a la responsabilidad civil y la litigación de daños en todo Chile.